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martes, 5 de mayo de 2015

Así quedan las bonificaciones a autónomos tras los últimos cambios


Los trabajadores autónomos pueden acceder hasta un total de siete tipos distintos de bonificaciones y reducciones. 



El colectivo que configuran los trabajadores autónomos se puede beneficiar de una serie de bonificaciones y reducciones en sus cuotas regulares a la Seguridad Social. A continuación mostramos en qué consisten estas: 

1) Trabajadores que se incorporan al RETA por primera vez o que en los cinco años anteriores no hubieran estado de alta: 
  • Reducción y bonificación sobre la cuota de contingencias comunes durante un máximo de 30 meses, siendo los seis primeros meses esta reducción del 80%, los seis siguientes del 50%, del 30% durante los 3 siguientes y, finalmente, del 30% durante los 15 últimos meses. 
2) Trabajadores que se incorporan al RETA y, en concreto, hombres de hasta treinta años y mujeres de hasta treinta y cinco años. 
  • Descuento de un 30% de la cuota mínima durante 30 meses y, en concreto, 15 meses de reducción y 15 meses de bonificación. 
3) Trabajadores mayores de 30 años que causen alta inicial o no hayan estado dados de alta en los cinco años anteriores. 
  • Descuento sobre la cuota de contingencias comunes del 80% durante 6 meses, del 50% durante 6 meses y del 30% durante 6 meses. 
4)Trabajadores que se encuentran de baja por maternidad o paternidad: 
  • Podrán acceder al 100% de la cuota que resulte de aplicación sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante la sustitución. 
5) Bonificaciones y reducciones por conciliación de la vida personal y familiar vinculada a la contratación. Se aplicarán a trabajadores autónomos del RETA y que contraten a un trabajador en los supuestos de cuidado de menores de siete años o por tener a su cargo a un familiar en situación de dependencia: 
  • 100% de la cuota por contingencias comunes (50% si la contratación es a tiempo parcial) que resulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador en los 12 meses anteriores a la fecha de acogerse a esta medida.
  • Duración de hasta 12 meses, con una duración mínima del contrato de 3 meses. 
6) Nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos: 
  • 50% de la cuota resultante de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente durante 18 meses. 
7) Trabajadores con discapacidad: 
  • Trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que causen alta inicial obtendrán reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes durante 5 años: reducción del 80% durante seis meses y bonificación del 50% durante 54 meses. 
  • Trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 33% menores de 35 años que causen alta o no hubieran estado dados de alta en los 5 años inmediatamente anteriores obtendrán reducciones y bonificaciones durante 5 años: el 80% durante 12 meses y el 50% durante los cuatro años siguientes. 


 

Cómo recuperar el IVA de una factura que sé que no cobraré





Para ello es preciso que emitas una factura rectificativa que anule la orginal, que reclames el impago mediante los tribunales y envíes a Hacienda la nueva factura 

Los impagos es uno de grandes problemas a los que se enfrentan las pymes y autónomos. Siempre existe la posibilidad de que terceros no te abonen las facturas por los servicios prestados o los productos vendidos. Esto tiene unas consecuencias muy negativas sobre la empresa afectada. Para contrarrestar este daño, la Agencia Tributaria te facilita la recuperación del IVA que hayas liquidado una vez sepas que el cliente no te va a abonar la factura

Muchos profesionales desconocen la existencia de una ley que permite recupera el IVA de aquellas facturas impagadas. Eso sí, es preciso cumplir una serie de requisitos, que te adelantamos a continuación. 
  • El cliente moroso debe ser autónomo o empresa. 
  • Es preciso que hayas registrado la citada operación en tu contabilidad y liquidado el IVA. 
  • El impago tiene que ser de al menos seis meses desde la emisión de la factura. 
  • Haber reclamado el pago de la deuda de manera oficial. 
Una vez que ya has liquidado el IVA de una factura que ves prácticamente imposible cobrar, los pasos para recuperar el importe de la misma son los siguientes: 
  • Es preciso anular la factura original emitiendo una rectificativa
  • La factura impagada se debe reclamar a través de los tribunales o notarialmente
  • Mandar a la Agencia Tributaria la factura rectificativa. 
  • La factura rectificativa irá incluida en el modelo trimestral dentro del periodo donde emites la rectificativa. 
Para conseguir la devolución del IVA es preciso que cumplas con los plazos que exige la ley. La factura rectificativa debe emitirse a lo largo de los siguientes tres meses una vez que se cumplan los seis meses de cortesía al moroso. En el caso de las empresas grandes este tiempo se alarga hasta el año. En el caso de que por ejemplo tengas una factura emitida con fecha de diciembre de 2014, a partir de junio de 2015 será considerada como incobrable y no será hasta septiembre de este año cuando puedas realizar la factura rectificable. 

Esta operación no se emplea para la devolución trimestral del IVA. Su propósito es compensar el IVA ingresado en Hacienda por un producto o servicio prestado y que no hemos cobrado. 


Fuente: Territorio PYME

viernes, 6 de marzo de 2015

Las 7 fuentes de financiación para emprendedores




Financiación bancaria. 

En estos momentos, la financiación tradicional bancaria es una de las puertas más complicadas de abrir para un emprendedor. Sólo lo lograrán proyectos muy solventes, trabajados y realistas, en los cuales se especifique con mucha precisión para qué se quiere el dinero (maquinaria, equipos, circulante, etcétera), y cómo se va a devolver. 

  • Pros: Financiación rápida y de fuente sólida. 
  • Contras: Difícil acceso y poco dados a proyectos innovadores. Fuertes garantías de devolución. 
  • Tipo de proyecto: Negocio tradicional, socios de acreditada experiencia con avales para responder y recursos propios que sostengan el proyecto. 


Subvención pública. 

En general muy limitadas tanto en cuantía como en el uso que se les puede dar (ayudas a la innovación tecnológica, etcétera). Deben ser consideradas más como ayuda o incentivo, principalmente de carácter fiscal (exenciones a la cuotas de la Seguridad Social, etcétera) que como financiación propiamente dicha. 

  • Pros: Sin obligación de reembolso y de aplicación directa para nuevos proyectos. 
  • Contras: De escasa cuantía y nulo impacto directo en el circulante de la empresa. En ocasiones muy rígidas en cuanto a los requisitos y lentas en su aplicación (cobro de los fondos). 
  • Tipo de proyecto: Proyectos liderados por nuevos empresarios, jóvenes y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social (parados de larga duración, mujeres maltratadas, etcétera). Proyectos tecnológicos o de innovación. 


Familiares, amigos, personas cercanas al emprendedor. 

Es lo que se conoce en inglés por las siglas “FFF“ (friends, fools, family). Con esa forma tan gráfica de referirse a los inversores del círculo más próximo al emprendedor (“fools”, literalmente, “tontos” en inglés) los anglosajones ponen el acento sobre el riesgo que implica este tipo de financiación, en la que lo que prima es la relación personal y de confianza casi “a fondo perdido” entre inversores y emprendedores. 

  • Pros: Sin necesidad de grandes justificaciones. Mucha flexibilidad en cuanto a plazos de devolución y retorno esperado por el inversor. 
  • Contras: Normalmente, de escasa cuantía y limitados al arranque. No permiten proyecciones muy a largo plazo. 
  • Tipo de proyecto: Proyectos pequeños liderados por emprendedores jóvenes e inexpertos. 


Business angels. 

Son inversores privados que aportan su capital, su experiencia y contactos en el mercado. Aunque ponen dinero, su perfil es más de empresario y mentor que de inversor propiamente dicho. Tienen un carácter informal. 

  • Pros: No sólo aportan capital, también un muy valioso know-how acerca del negocio y el mercado. La relación con el emprendedor es estrecha y personal. 
  • Contras: A veces pueden llegar a intervenir demasiado en la gestión del negocio. Normalmente sólo acompañan en las primeras etapas del proyecto. 
  • Tipo de proyecto: Proyectos de nicho y en el mismo sector y zona geográfica que el business angel. 


Capital riesgo. 

Son entidades que tienen por objeto la toma de participaciones en el capital de empresas no cotizadas en el primer mercado de la Bolsa. Junto a los bancos, son la otra fuente de financiación “profesional”. Están reguladas legalmente y pueden adoptar dos tipos de personalidades jurídicas: sociedades de capital riesgo y fondos de capital riesgo. 

  • Pros: Inversor solvente, con todas las garantías legales y fuertes recursos. Suelen invertir en las fases de desarrollo y crecimiento de los negocios. 
  • Contras: Poco flexibles en cuanto a sus exigencias de retorno de la inversión y a la rentabilidad de los proyectos. No suelen invertir en las fases iniciales de las empresas. 
  • Tipo de proyecto: Empresas ya en funcionamiento y con fuerte potencial de crecimiento. 


Préstamo participativo. 

En esta modalidad, el prestamista realiza una apuesta por el proyecto y une su suerte a la del emprendedor. Se trata de un instrumento financiero caracterizado por la participación de la entidad financiera en los beneficios de la empresa financiada, además del cobro de un interés fijo. Es decir, si al emprendedor le va bien, el prestamista ganará más. 

  • Pros: El emprendedor obtiene la financiación que necesita con la tranquilidad de saber que podrá devolver el préstamo en cómodas cuotas en las primeras y siempre difíciles etapas del negocio. 
  • Contras: Como en toda apuesta, existe una contrapartida si se gana. En el momento en que la empresa obtiene beneficios, hay que entregar una parte de los mismos al prestamista que ayudó a poner en marcha la idea. 
  • Tipo de proyecto: Proyectos con fuerte potencial de crecimiento y al mismo tiempo, un riesgo relativamente elevado. 


Crowdfunding. 

Se trata de una democratización de la financiación de proyectos empresariales El emprendedor solicita financiación a la colectividad, a todo aquel que pueda estar interesado en su proyecto, normalmente a través de internet. Las aportaciones se ven recompensadas con algún tipo de contraprestación relacionada con el proyecto (entrega de material, reconocimiento explícito del financiador, etcétera). 

  • Pros: Se amplía enormemente el espectro de posibles financiadores. Supone multiplicar exponencialmente las posibilidades de la financiación de FFF gracias al poder de difusión de internet y las redes sociales. 
  • Contras: Es una financiación discontinua y casi imposible de planificar o de someterse a prospecciones. 
  • Tipo de proyectos: Proyectos con algún componente social, vanguardista o que permita la identificación del inversor con una idea, una filosofía o un modelo de negocio.




miércoles, 4 de marzo de 2015

Cuánto tiene que ingresar un autónomo para no ser ni mileurista




¿Sabemos realmente lo qué cuesta ser autónomo? La periodista y trabajadora por cuenta propia María Gómez Tejada, que decidió emprender una carrera profesional, por su cuenta, hace dos años y medio, asegura que para poder ganar "938 euros limpios" necesita facturar 2.000 euros. Prácticamente la mitad del dinero se le escapa en impuestos, ya que no tiene que abonar gastos de local ni similares. Detalla que es todo un reto llegar a final de mes, sobre todo después de soportar jornadas de 60 horas semanales. 

En su blog, viviramimanera.com desgrana en qué se le va el dinero: 
  • Paga 290 euros de seguro de autónoma. Eso sin saber si tendrá clientes o el dinero que podrá facturar. Pone como ejemplo a Francia y al Reino Unido. En el caso de los galos, "el primer año no se paga nada y se tiene derecho a todo y luego los impuestos giran en torno al beneficio". En el Reino Unido ronda entre los 13 y los 58 euros mensuales el seguro de autónomos. 
  • Un 21% de lo que factura va a parar a las arcas del Estado en forma de IVA, a lo que se conoce como "sistema de bienestar", destaca con cierta ironía. 
  • El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) supone otro 20% sobre los beneficios. 

En vista de todo lo anterior, recurrió a su asesor, Salvador Aragonés, para que le desgranase cuánto tenía que facturar para ganar mil euros al mes, es decir, ser mileurista. Entre otras cosas, sus ingresos deberían ser de 1.652,89 euros, más 347,11 euros de IVA, que harían un total de 2.000 euros. A esta cantidad había que rebajarle los 290 euros de la cuota a la Seguridad Social, 324,56 de IRPF, más 190 euros en distintos gastos (que serían 230 con el IVA). En total le quedaría 938,25 euros. 

En los gastos varios se incluyen teléfono, gasolina y asesoría, entre otras cosas. Al final aprecia con resignación y enfado como 831 euros van a parar a los fondos del Estado. Esta emprendedora cree que todo el dinero que destina a los impuestos no le supone ningún beneficio a ella, ya que no tendrá ningún tipo de derecho en el caso de causar baja por enfermedad y la pensión que le quede cuando se jubile será mínima. 

Pese a todo ello quiere pensar que la mentalidad emprendedora tiene futuro, pero "el sistema no lo permite". Es la sensación que tiene después de trabajar incansablemente para conseguir un salario digno. María Gómez Tejada es una de los miles de personas que durante los últimos años se han visto obligadas a trabajar por su cuenta para sobrevivir con un salario digno. 

En el artículo que escribe en su blog pretende demostrar la indignación que siente por la presión a la que someten a los autónomos por parte de las administraciones, donde sólo les ponen trabas y zancadillas para que los negocios no salgan adelante.


Autor del artículo: Iván Garcia Iglesias
Publicado en: Territorio Pyme